Gabinete de Estudios AEDAF
Revista Técnica Tributaria, Nº 147, Sección Pronunciamientos pendientes del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Cuarto trimestre de 2024, AEDAF
A continuación, se relaciona una selección de los recursos de casación admitidos por el Tribunal Supremo que mayor interés presentan para la práctica profesional.
Categorías y elementos tributarios
Constitucionalidad de la exigencia de intereses de demora del art. 26.5 de la LGT cuando se practica nueva liquidación al haber sido anulada la anterior por motivos sustantivos.
Auto del Tribunal Supremo 11938/2024, de 26 de septiembre de 2024, rec. 6791/2023
RESUMEN: Las cuestiones con interés casacional consisten en: (1) Determinar a la luz de la naturaleza jurídica de los intereses del artículo 26.5 LGT, si son intereses compensatorios o remuneratorios, intereses moratorios, de demora o indemnizatorios o intereses sancionadores, aclarando, asimismo, si su devengo tiene un carácter objetivo, desvinculado de la conducta del contribuyente y de la administración o si, por el contrario, presentan un carácter subjetivo en el que deba valorarse la conducta del contribuyente y la administración. (2) Aclarar si la exigencia de intereses de demora del artículo 26.5 LGT cuando resulte necesaria la práctica de una nueva liquidación como consecuencia de haber sido anulada en parte por motivos sustantivos una liquidación previa por una resolución administrativa o judicial resulta contraria a los artículos 14, 24, 31 y 33 de la Constitución Española.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Intereses de demora. Dies ad quem del devengo de intereses de demora correspondiente a las liquidaciones que se derivan de un acta suscrita en disconformidad.
Auto del Tribunal Supremo 11931/2024, de 26 de septiembre de 2024, rec. 7772/2023
RESUMEN: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en: determinar si el dies ad quem del devengo de intereses de demora correspondiente a las liquidaciones que se derivan de un acta suscrita en disconformidad es la fecha del acuerdo de liquidación -dictado dentro del plazo máximo de duración del procedimiento inspector-, debiendo exigirse, por tanto, intereses al obligado hasta esa fecha; o, por el contrario, atendiendo al tenor literal de la norma reglamentaria aplicable, los intereses de demora se calcularán hasta la conclusión del plazo establecido para formular alegaciones al acta extendida.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Responsabilidad tributaria. Procedimiento de derivación de responsabilidad. Ejecución de la resolución del TEA para ofrecer al responsable tributario la posibilidad de prestar su conformidad a las propuestas de sanción. Plazo.
Auto del Tribunal Supremo 11951/2024, de 03 de octubre de 2024, rec. 7969/2023
RESUMEN: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si, en ejecución de una resolución de un órgano económico-administrativo, en la que se resuelva que se ha de ofrecer al responsable tributario la posibilidad de prestar su conformidad a las propuestas de sanción establecida en el artículo 41.4 LGT, dando lugar a la consiguiente reducción de la sanción prevista en el artículo 188 LGT, el plazo con que cuenta la Administración tributaria es de un mes o, por el contrario, el que resta del procedimiento de derivación de responsabilidad, al entenderse que se ha producido una retroacción de actuaciones.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Responsabilidad tributaria. Interrupción del plazo de prescripción del derecho de la Administración tributaria a determinar y exigir el pago de las deudas al responsable tributario.
Auto del Tribunal Supremo 12251/2024 de 09 de octubre de 2024, rec. 8410/2023
RESUMEN: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en: determinar si, iniciado un concurso de acreedores en relación con la deudora principal, una liquidación tributaria notificada a ésta con anterioridad a su declaración de fallido y al consiguiente acuerdo de inicio del procedimiento de derivación de responsabilidad tributaria subsidiaria produce la interrupción del plazo de prescripción del derecho de la Administración tributaria a determinar y exigir el pago de las deudas al responsable tributario.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Responsabilidad tributaria. Responsabilidad subsidiaria. Levantamiento del velo. Utilización abusiva o fraudulenta como medio de elusión de la responsabilidad patrimonial universal frente a la Hacienda Pública.
Auto del Tribunal Supremo 12786/2024, de 16 de octubre de 2024, rec. 7698/2023
RESUMEN: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si, a efectos del supuesto de responsabilidad del artículo 43.1.h) LGT, una operación onerosa -como es el caso de una compraventa inmobiliaria-, en la que el pago del precio no es controvertido y que no ha sido declarada simulada puede colmar el requisito de utilización abusiva o fraudulenta como medio de elusión de la responsabilidad patrimonial universal frente a la Hacienda Pública.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Instituciones antielusivas. Calificación. Conflicto en aplicación de la norma.
Auto del Tribunal Supremo 13032/2024, de 16 de octubre de 2024, rec. 8000/2023
RESUMEN: La cuestión con interés casacional consiste en determinar si la Administración tributaria, al amparo del artículo 13 de la Ley General Tributaria, puede directamente recalificar como una reducción de capital con devolución de aportaciones, a los efectos del artículo 33.3.a) de la Ley del IRPF, un conjunto de operaciones consistentes en la adquisición en autocartera de determinados valores representativos del capital de una sociedad y, subsiguientemente, una reducción de capital con amortización de aquellos valores; o si, por el contrario, tal recalificación exige la previa tramitación de un procedimiento de declaración de conflicto en la aplicación de la norma tributaria previsto en el artículo 15 de la Ley General Tributaria.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Cómputo de plazos en los procedimientos tributarios. Periodo comprendido entre el 14 de marzo y el 20 de mayo de 2020.
Auto del Tribunal Supremo 12806/2024, de 23 de octubre de 2024, rec. 8670/2023
RESUMEN: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en: determinar si en el cómputo del plazo de los procedimientos tributarios, en general, y de los de responsabilidad tributaria, en particular, se debe descontar el periodo comprendido entre el 14 de marzo y el 20 de mayo de 2020, en virtud de la normativa dictada con ocasión de la crisis sanitaria del COVID-19.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Responsabilidad tributaria. Responsabilidad subsidiaria. Necesidad de declar fallido a los socios de la deudora principal cuando ha sido liquidada.
Auto del Tribunal Supremo 13516/2024 de 6 de noviembre de 2024, rec. 8953/2023
RESUMEN: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en: determinar si la declaración de responsabilidad tributaria subsidiaria exige, previamente, la declaración de fallido de los socios de la deudora principal, cuando ésta haya sido liquidada.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Procedimiento de inspección. Duración máxima de las actuaciones en el procedimiento de inspección catastral.
Auto del Tribunal Supremo 13865/2024, de 20 de noviembre de 2024, rec. 561/2024
RESUMEN: Determinar si el procedimiento de inspección catastral para regularizar la descripción catastral de un inmueble, previsto en el artículo 11.2.c TRLCI, tiene como plazo máximo de duración el fijado en el artículo 150.1 LGT, aplicable supletoriamente según lo dispuesto en el 19 TRLCI, o bien si tiene una duración máxima de seis meses, por aplicación de lo dispuesto en la Disposición adicional tercera.3.c) TRLCI. Aclarar si el incumplimiento de ese plazo no determina la caducidad del procedimiento, de acuerdo con el artículo 150.6 de la citada LGT, o bien si el procedimiento caduca por lo establecido en la Disposición adicional tercera. 3.c) TRLCI.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
Posibilidad de exigir la retención no practicada sin antes regularizar a los contribuyentes a los que no se le retuvo.
Auto del Tribunal Supremo 12250/2024, de 09 de octubre de 2024, rec. 8290/2023
RESUMEN: Las cuestiones que presentan interés casacional objetivo consisten en: 1) Determinar si la Administración puede exigir la retención no practicada al retenedor sin proceder a regularizar previamente a todos y cada uno de los contribuyentes a los que la entidad no retuvo cuando en el expediente administrativo se ha acreditado que los sujetos pasivos del IRPF no presentaron autoliquidación por dicho concepto. 2) Aclarar si en los supuestos en que no sea posible regularizar la obligación de practicar retenciones a cuenta del IRPF al retenedor, aun así, la Administración tributaria pueden exigir al retenedor los efectos perjudiciales que para la Administración hayan producido por el hecho de no haberse practicado la retención, en concreto precisar si pueden exigirse al retenedor los intereses de demora e imponerle las correspondientes sanciones por dejar de ingresar en plazo.
Impuesto sobre Patrimonio
Base imponible. Deducción de las deudas procedentes de liquidaciones de IRPF.
Auto del Tribunal Supremo 12217/2024 de 03 de octubre de 2024, rec. 8121/2023
RESUMEN: La cuestión con interés casacional objetivo consiste en determinar si, a los efectos de deducir de la base imponible del IP las deudas existentes -procedentes de liquidaciones del IRPF-, debe estarse al momento del devengo del impuesto de patrimonio o al momento en que se practica su liquidación.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Impuesto sobre Sociedades
Operaciones vinculadas. Si el artículo 16 TRLIS de 2004 (actual art. 18 LIS) es una norma de valoración que debe limitarse a las operaciones vinculadas y no cabe aplicar a relaciones jurídicas de la entidad regularizada con terceros que no son partes vinculadas.
Auto del Tribunal Supremo 13525/2024, de 13 de noviembre de 2024, rec. 8692/2023
RESUMEN: Las cuestiones con interés casacional consisten en determinar si el artículo 16 TRLIS de 2004 (actual art. 18 LIS) es una norma de valoración que debe limitarse a las operaciones vinculadas y no cabe aplicar a relaciones jurídicas de la entidad regularizada con terceros que no son partes vinculadas. Y si, consecuentemente, para reconstruir relaciones jurídicas de esa entidad con terceros será preciso acudir a las cláusulas generales de los arts. 13 a 16 LGT. En concreto, precisar si con el único sustento del art. 16 TRLIS de 2004 (actual art. 18 LIS) la Administración tributaria puede negar la deducibilidad de un gasto que no trae causa de una operación vinculada, sino de la relación entre el obligado tributario y terceros que no son partes vinculadas. En caso de respuesta afirmativa a la cuestión anterior, aclarar si la regularización debe efectuar el correspondiente ajuste en todas las partes vinculadas, para restablecer una relación de plena competencia entre ellas, con la necesidad de indicar la entidad que debe soportar el gasto cuya deducibilidad se deniega a otra, para proceder a una correcta distribución de gastos entre partes independientes.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Impuesto sobre el Valor Añadido
Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca. Volumen de operaciones.
Auto del Tribunal Supremo 11948/2024 de 03 de octubre de 2024, rec. 6173/2023
RESUMEN: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si, para calcular el volumen de operaciones determinante de la causa de exclusión del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca contenida en el artículo 124.Dos.3º LIVA, debe computarse o no la compensación a tanto alzado prevista en el artículo 130 LIVA.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Exenciones. Bienes de titularidad de entidades sin fines lucrativos. Sedes de los partidos políticos.
Auto del Tribunal Supremo 12793/2024 de 23 de octubre de 2024, rec. 8633/2023
RESUMEN: La cuestión que presenta interés casacional objetivo consiste en determinar, interpretando el artículo 9.2 de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, si las sedes de los partidos políticos se encuentran exentas del IBI en aplicación del artículo 15.3 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, según el cual gozan de ese beneficio fiscal los bienes de los que sean titulares las entidades sin fines lucrativos en los términos previstos en la normativa reguladora de las haciendas locales, excepto los afectos a explotaciones económicas no exentas del Impuesto sobre Sociedades.
Normas jurídicas objeto de interpretación:
Impuesto sobre Hidrocarburos
Tipo impositivo autonómico del IH en territorios forales. Competencia para resolver las solicitudes de rectificación y devolución de ingresos indebidos.
Auto del Tribunal Supremo 13273/2024 de 06 de noviembre de 2024, rec. 3663/2021
RESUMEN: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en precisar, respecto de las cuotas que hubieran podido soportarse por el tipo impositivo autonómico del IH en territorios forales, cuya autoliquidación e ingreso se hubiera producido ante la correspondiente Hacienda Foral, a quién correspondía pronunciarse y resolver las solicitudes de rectificación y devolución de ingresos indebidos, si a la Agencia Estatal de Administración Tributaria o a los órganos de las respectivas Haciendas Forales. Determinar si el establecimiento de tipos autonómicos en el IH resultaba contrario a la Directiva 2003/96.
Normas jurídicas objeto de interpretación: