Operaciones con causa mixta (donación y contraprestación); régimen jurídico del mecenazgo tras la reforma del RDL 6/2023

Autores/as

DOI:

https://doi.org/10.48297/sbspey88

Palabras clave:

Operaciones con causa mixta, negocios indirectos, donaciones remuneratorias, precios irrisorios, mecenazgo, Impuesto sobre el Valor Añadido, Impuesto sobre Sociedades

Resumen

El RDL 6/2023 introdujo una modificación relevante en las categorías jurídicas. Por primera vez, se establece el derecho al  mecenazgo para las donaciones donde exista un retorno para el aportante. Se abandona la condición de que una donación tenga  que ser pura y simple y se permiten las donaciones donde existe un componente oneroso (operaciones con causa mixta) siempre y  cuando ese retorno esté dentro unos límites cuantitativos (15% del valor del donativo y que sea inferior a 25.000 €). De esta manera,  se incorpora una tercera categoría junto a los contratos y las donaciones. Sin embargo, el régimen legal diseñado es incompleto y  técnicamente deficiente. Se trata de una norma que, además, se agota en el mecenazgo, sin estudiar el régimen de estas  operaciones en otros tributos, como el IVA y el IS. El objeto del presente estudio trata de abordar los diferentes problemas  interpretativos de esta nueva regulación.

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Biografía del autor/a

  • Alejandro Blázquez Lidoy

    Catedrático de Derecho Financiero y Tributario.
    Universidad Rey Juan Carlos
    (España)

Publicado

30-12-2024

Cómo citar

Blázquez Lidoy, A. (2024). Operaciones con causa mixta (donación y contraprestación); régimen jurídico del mecenazgo tras la reforma del RDL 6/2023. Revista Técnica Tributaria, 4(147), 63-117. https://doi.org/10.48297/sbspey88