El rechazo inmotivado de las pruebas de descargo solicitadas por el obligado tributario implica la nulidad radical de la sanción: STS 5229/2025, de 24 de noviembre de 2025, rec. núm. 5958/2023
DOI:
https://doi.org/10.48297/z1ms0r37Palabras clave:
Nulidad de pleno derecho, sanción, pruebas de descargo, motivación, facturas falsasResumen
El TS declara nula de pleno derecho la sanción impuesta al amparo del artículo 203.1 LGT (facturas falsas), sin posibilidad de subsanación ni convalidación posterior, cuando la Administración no ha motivado el rechazo a las pruebas de descargo solicitadas tempestivamente por el obligado tributario durante la tramitación del procedimiento sancionador.
