El rechazo inmotivado de las pruebas de descargo solicitadas por el obligado tributario implica la nulidad radical de la sanción: STS 5229/2025, de 24 de noviembre de 2025, rec. núm. 5958/2023

Autores/as

  • Begoña Sesma Sánchez

DOI:

https://doi.org/10.48297/z1ms0r37

Palabras clave:

Nulidad de pleno derecho, sanción, pruebas de descargo, motivación, facturas falsas

Resumen

El TS declara nula de pleno derecho la sanción impuesta al amparo del artículo 203.1 LGT (facturas falsas), sin posibilidad de subsanación ni convalidación posterior, cuando la Administración no ha motivado el rechazo a las pruebas de descargo solicitadas tempestivamente por el obligado tributario durante la tramitación del procedimiento sancionador.

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Biografía del autor/a

  • Begoña Sesma Sánchez

    Catedrática de Derecho Financiero y Tributario

    Universidad Complutense de Madrid

    (España)

Publicado

31-03-2026

Número

Sección

Análisis de jurisprudencia nacional y doctrina administrativa

Cómo citar

Sesma Sánchez, B. (2026). El rechazo inmotivado de las pruebas de descargo solicitadas por el obligado tributario implica la nulidad radical de la sanción: STS 5229/2025, de 24 de noviembre de 2025, rec. núm. 5958/2023. Revista Técnica Tributaria, 1(152), 301-319. https://doi.org/10.48297/z1ms0r37