El fondo de educación y promoción y su impacto en la tributación de las cooperativas
DOI:
https://doi.org/10.48297/rtt.v4i131.591Palabras clave:
Tributación de cooperativas, fondos obligatorios, cooperativa fiscalmente protegida, , impuesto sobre sociedadesResumen
Uno de los instrumentos a través de los cuales las cooperativas cumplen el 5a principio cooperativo, relativo a la Información, formación y promoción cooperativa, es el Fondo de Educación y Promoción. Dicho Fondo constituye una reserva interna afectada a fines legales específicos relacionados con la Educación y promoción del cooperativismo, y que tiene un relevante impacto en el régimen tributario de las cooperativas. Por un lado, el incumplimiento de los deberes de dotación de dicho Fondo, contabilización apropiada y destino de su importe a las finalidades legales constituye una causa de pérdida de la protección fiscal inherente al régimen especial de este tipo de Entidades. Por otro lado, las dotaciones realizadas al mismo, generan un gasto deducible en la base imponible del impuesto sobre sociedades, lo que supone un tratamiento excepcional respecto de la regla general de no deducibilidad de las dotaciones a Reservas o Fondos internos.
