La no limitación del derecho a la deducción del IVA en aras a garantizar el principio de neutralidad: la STJUE de 4 de octubre de 2024, C-475/23
Palabras clave:
Principio de neutralidad, deducción, IVA, cuestión prejudicialResumen
Esta sentencia profundiza en la interpretación del art. 168.a) de la Directiva IVA de forma que el derecho a la deducción no se vea denegado por el incumplimiento de ciertos requisitos formales ni cuando exista una relación directa e inmediata entre una operación por la que se soporta IVA y otra operación por la que se repercute IVA. Con este pronunciamiento, el TJUE refuerza el principio de neutralidad en el IVA.
