El órgano encargado de liquidar puede separarse de la regularización propuesta en un acta de conformidad si explica y motiva la discrepancia y los errores interpretativos en los que incurrió el actuario: STS de 11 de diciembre de 2025, rec. núm. 5764/2023

Autores/as

  • Susana Aníbarro Pérez

DOI:

https://doi.org/10.48297/1rha6043

Resumen

La Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de diciembre de 2025 gira en torno a la interpretación del artículo 156.3.d) de la Ley General Tributaria, en particular respecto a las circunstancias en las que el inspector jefe puede apartarse de la regularización propuesta en un acta firmada en conformidad. En ella se precisa si para considerar la existencia de un error en la apreciación de los hechos o una indebida aplicación de las normas jurídicas, resulta suficiente con expresar la existencia de una discrepancia en la fijación del valor de unas participaciones sociales.

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Biografía del autor/a

  • Susana Aníbarro Pérez

    Catedrática de Derecho Financiero y Tributario

    Universidad de Valladolid

    (España)

Publicado

31-03-2026

Número

Sección

Análisis de jurisprudencia nacional y doctrina administrativa

Cómo citar

Aníbarro Pérez, S. (2026). El órgano encargado de liquidar puede separarse de la regularización propuesta en un acta de conformidad si explica y motiva la discrepancia y los errores interpretativos en los que incurrió el actuario: STS de 11 de diciembre de 2025, rec. núm. 5764/2023. Revista Técnica Tributaria, 1(152), 331-338. https://doi.org/10.48297/1rha6043