Procedimiento tributario. Notificaciones. Validez de los acuses o avisos de recibo electrónicos
Tribunal Económico-Administrativo Central. Comentario a la Resolución 5252/2018, de 24 de septiembre de 2019
Resumen
Se plantea ante el TEAC si resulta válido que en el expediente no conste el tradicional aviso de recibo o tarjeta rosa en soporte papel en el que se reflejen los dos intentos de notificación infructuosos, sino que dicha incidencia se hace constar en un terminal PDA que, en último término, genera un documento electrónico que sustituye la impresión de los avisos de recibo por una transacción íntegramente electrónica.
Resuelve el Tribunal, en unificación de criterio, que dichos acuses o avisos de recibo electrónicos emitidos por Correos son válidos para acreditar, bien la notificación o, como ocurre en este caso, los dos intentos de notificación del acto administrativo, siempre y cuando los mismos contengan los datos necesarios para ello que son exigidos por la normativa reguladora.
