Interdicción de la reformatio in peius y derecho a la reformatio in melius en materia tributaria

Authors

  • José Manuel Almudí Cid

DOI:

https://doi.org/10.48297/rtt.v2i141.2362

Abstract

Tanto la interdicción de la reformatio in peius como el derecho a la reformatio in melius en materia sancionadora constituyen dos relevantes garantías para el obligado tributario, ambas con un manifiesto anclaje constitucional, cuyo alcance y efectos en el ámbito tributario es preciso dilucidar a la luz de la reciente jurisprudencia de los tribunales españoles y supranacionales.

Por lo que se refiere a la primera de estas garantías, pese a las polémicas doctrinales suscitadas en la segunda mitad del siglo pasado a raíz de la redacción de los artículos 93 y 119 de la Ley de Procedimiento Administrativo, de 17 de julio de 1958, en la actualidad, tanto el ordenamiento administrativo como el tributario reconocen expresamente la interdicción de la reformatio in peius tras la interposición de un recurso por parte del administrado, derecho íntimamente ligado con los principios constitucionales de seguridad jurídica, prohibición de la indefensión y tutela judicial efectiva.

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Author Biography

  • José Manuel Almudí Cid

    Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario
    Universidad Complutense de Madrid
    (España)
    Director de la Revista Técnica Tributaria


    Cómo referenciar: Almudí Cid, J.M. (2023). Interdicción de la reformatio in peius
    y derecho a la reformatio in melius en materia tributaria. Revista Técnica Tributaria
    (141), 7-16. https://doi.org/10.48297/rtt.v2i141.2362

Published

30/06/2023

How to Cite

Almudí Cid, J. M. (2023). Interdicción de la reformatio in peius y derecho a la reformatio in melius en materia tributaria. Technical Tax Journal, 2(141), 7-16. https://doi.org/10.48297/rtt.v2i141.2362

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