El sujeto pasivo del IVA en las prestaciones de servicios realizadas por los miembros de una sociedad civil sin personalidad jurídica: asunto Ceska, STJUE de 11 de diciembre de 2025, C-796/23
Palabras clave:
IVA, sujeto pasivo, sociedad civil, Directiva de IVA, personalidad jurídica, cooperación empresarialResumen
De acuerdo con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, una sociedad civil sin personalidad jurídica en la que cada uno de sus socios actúa frente a terceros en su propio nombre, en vez de como una unidad, no realiza una actividad económica de manera independiente a los efectos del artículo 9.1 de la Directiva del IVA y, por tanto, no puede ser sujeto pasivo del IVA por las operaciones realizadas por sus miembros
